miércoles, 23 de noviembre de 2011

El farmacéutico y la prescripción por principio activo

No lo voy a negar... es la primera vez que escribo en un blog. Quiero dar las gracias a quien confiando en mí ,me ha dado la oportunidad de escribir en él y poder expresar libremente mi opinión.

Nunca pensé que la equidad y cohesión en el acceso a la prestación farmacéutica pudieran verse tan comprometidas como en este último año, por eso la publicación del RD 9/2011 me pareció una medida que aseguraba un derecho del paciente que parecía intocable.

El RD 9/2011 establece que la prescripción de los medicamentos se realizará por principio activo, salvo las ya bien conocidas excepciones a la norma.

Creo que por primera vez se reconoce el papel fundamental del farmacéutico, en cuanto a que es el profesional sanitario, experto en el medicamento, que va a garantizar la adherencia de los pacientes a los tratamientos que éstos están tomando, a través de herramientas en las que nosotros somos especialistas, tales como la dispensación activa e informada, el seguimiento farmacoterapéutico y los sistemas personalizados de dosificación (SPD) , entre otros.

A partir del 1 de noviembre el farmacéutico ante una prescripción por principio activo elige el medicamento a dispensar al paciente, siempre dentro de precio menor, pudiendo ser una especialidad farmacéutica genérica o de marca.

En las facultades de Farmacia y Medicina a los estudiantes se les enseñan principios activos y excipientes, no marcas comerciales, ya que en el principio activo reside el efecto terapéutico del medicamento.

La prescripción por principio activo es además un lenguaje universal.

Siendo esto así.... ¿por qué se dice que la prescripción por principio activo supone un paso atrás, o que va en contra de la atención al paciente?.

Un ejemplo sencillo, el médico después de realizar un diagnóstico del paciente le prescribe atorvastatina 10 mg 28 comprimidos, el farmacéutico dispensará uno de los medicamentos incluidos en el nomenclátor estatal, eligiendo el medicamento de marca o el genérico que decida, guiado por su criterio profesional, cumpliendo con los requisitos del RD 9/2011, y facilitando siempre la adherencia al tratamiento, es decir, si se le viene dispensando una marca determinada (o genérico), la labor profesional del farmacéutico garantizará que el paciente reciba siempre el mismo medicamento. Esto es extrapolable a un paciente polimedicado, para el cual además puede resultar de gran ayuda la realización de SPD. ¿Cual es el problema?

Estamos atravesando una situación económica difícil, y en estos momentos de crisis no debemos dejar de lado nuestra profesionalidad. Tampoco debemos olvidar que en los últimos 15 años el sector acumula al menos unas 29 medidas que inciden directamente sobre gasto en medicamentos.

Claro está que si el sistema es sostenible, la farmacia será sostenible, y se garantiza el modelo, pero esto no impide reivindicar que la farmacia necesita un escenario de certidumbre y estabilidad para poder realizar su trabajo.

Me parece muy importante no dejar de mencionar que el servicio asistencial que prestan las farmacias peligra por los impagos acumulados por algunas CCAA de las facturas correspondientes a la prestación farmacéutica dispensada a los usuarios del Sistema Nacional de Salud, por lo que se debe asegurar dicho pago a los farmacéuticos al igual que al resto de los profesionales de salud, solo así se podrá garantizar la disponibilidad de los tratamientos.

Ana Prieto Nieto.
Farmacéutica comunitaria.
Licenciada en Farmacia por la USC.

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